Soy Independiente, autorizada por la superintendencia de pensiones, intermedio con todas las AFPs y todas las compañias de seguros para garantizar a mis clientes, el mejor monto de pension, en la modalidad de pension, que mas le convenga, de forma perzonalizada, imparcial y transparente!


Asesor previsional
Contador auditor de la Universidad de Concepcion, Asesor Previsional certificado, bajo el registro N°874 por la Superintendencia de Pensiones, Por mas de 15 años orientando a las personas en la toma de decisiones durante su vida laboral activa y al momento de pensionarse. Consultor en temas previsionales a instituciones públicas y municipalizadas, organizaciones sindicales, empresa privada y personas naturales.
¿Quienes son los asesores previsionales o en entidades de asesoria previsional?
Son profesionales que asisten a los ciudadanos que quieren
pensionarse, Pueden jubilar para conseguirle una mensualidad en retiro
programado, en uno de los tipos de renta vitalicia, o una combinación de
ambas modalidades de pensión, negocian para sus clientes y están
atentos a los nuevos productos por salir como la Cláusula de Aumento
Temporal de Pensión, para las personas afiliadas y beneficiarias del
sistema de pensiones se jubilen lo mejor posible y puedan tomar
decisiones informadas de pensión acorde a sus necesidades e intereses.
¿Quien supervisa y regula la actividad de los asesores previsionales ?
Estamos bajo la supervisión de la Superintendencia de Pensiones,
entidad que autoriza a quienes acrediten su idoneidad en concordancia a
las normas, en un registro de las personas o sociedades jurídicas
habilitadas para ejercer.
Ventajas de pensionarte con un asesor previsional independiente?
En comparación a las administradoras de fondos de pensiones y
compañías de seguros de rentas vitalicias que son entidades
interesadas, nosotros nos consideramos los mejores participes del
sistema previsional debido a que somos independientes sin conflictos de
intereses y con la libertad de recomendarle técnicamente, lo mejor opción
de pensión a nuestros clientes, incluyendo la postergación de este
trámite de pensión, si conviene.
Tipos de Pensiones en Chile
Pensión de Vejez
Pueden pensionarse por vejez los hombres al cumplir 65 años de edad y las mujeres al cumplir 60 años de edad.
El pensionarse es un derecho, no una obligación, ello quiere decir que la persona, una vez cumplida la edad indicada en la ley, puede pensionarse cuando quiera.
El monto de la pensión estará en directa relación con los
montos acumulados en la Cuenta de Capitalización Obligatoria de su AFP, más los ahorros voluntarios que la persona hubiese realizado.
La persona pensionada, puede continuar trabajando, teniendo como ingresos su pensión y su sueldo, una buena asesoría previsional, puede conducirle a un incentivo al ahorro y la inversión. Por Ejemplo, al pensionarse o jubilarse puede solicitar que el 10% correspondiente a su cotización, no vaya a la AFP, incrementando su sueldo.
Pensión de Vejez Anticipada
Se pueden pensionar anticipadamente, todas aquellas personas que no teniendo la edad legal cumplida, mantengan en su AFP, los fondos previsionales suficientes para financiar una pensión de vejez. Los requisitos para acceder a esta modalidad son los
siguientes:
– Obtener una pensión igual o superior al 70% del promedio de
las remuneraciones o rentas de los últimos diez años
anteriores al mes en que se acogen a pensión, y
– Obtener una pensión igual o superior a 12 unidades de fomento (UF).
Además de los requisitos anteriores, se exige que los afiliados tengan 10 o más años de afiliación en el Sistema o tengan un periodo de afiliación tal que sumado al tiempo cotizado en el antiguo sistema no sea inferior a diez.
Pensión de invalidez
Es una pensión que se otorga a las personas que sufran un
menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, a
consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas
físicas o intelectuales.
Los requisitos para obtener una pensión de invalidez, son los
siguientes:
– Estar afiliado a una AFP
– Tener menos de 65 años de edad.
– Ser declarados inválidos por la Comisión Médica Regional
correspondiente.
– Tener una pérdida de su capacidad de trabajo igual o
superior al 50%.
Tipos de Pensiones de invalidez
Pensión de sobrevivencia
Cuando un afiliado fallece, estando activo o pensionado, sus familiares tienen derecho a recibir una pensión mensual, cuyo monto será un porcentaje de la pensión del afiliado fallecido. Está pensión de sobrevivencia, es distinta, dependiendo del
parentesco del beneficiario.
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El SIS es un seguro que permite aumentar el monto del capital al pensionarse por invalidez o sobrevivencia, protege a los afiliados dependientes, independientes y voluntarios. En el caso de los trabajadores dependientes, el SIS lo paga el empleador mensualmente junto con la cotización obligatoria, los afiliados
independientes y voluntarios deben pagarlo cada vez que cotizan.
Para tener derecho a utilizar el Seguro de Invalidez y
Sobrevivencia, se deben cumplir algunos requisitos,

Es la modalidad de pensión que paga la AFP con cargo a la cuenta de capitalización individual del afiliado. El monto de la pensión se calcula y actualiza cada año en función del saldo de la cuenta individual, la rentabilidad de los fondos, la expectativa de vida del afiliado.

Es aquella modalidad de pensión que contrata un afiliado con una Compañía de Seguros de Vida, obligándose dicha Compañía al pago de una renta mensual, fija en UF, para toda la vida del afiliado y fallecido éste, a sus beneficiarios de pensión

En esta modalidad se dividen los fondos que el afiliado tiene en su cuenta individual de la AFP y contrata con ellos simultáneamente una renta vitalicia inmediata y una pensión por retiro programado

En esta modalidad, el afiliado contrata con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta vitalicia mensual, fija en UF, a partir de una fecha futura, dejando en su cuenta individual de la AFP un saldo para una renta temporal.